PROCESO QUIEBRA JUDICIAL

COBRANZA COACTIVA SUNAT

CAMPAÑA DE SUNAT DE INICIO DE EVALUACION DE ATRIBUCION DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA A REPRESENTANTE LEGAL DE EMPRESA.

Me dirijo a usted, en su calidad de representante legal de la empresa DEUDORA según consta con la ficha RUC de la SUNAT, para informarle que su representada mantiene una deuda tributaria exigible en cobranza coactiva pendiente según la Pagina Web de Sunat.

Ante esta situación, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 46º del Código Tributario, la SUNAT podría iniciar la evaluación de la atribución de la responsabilidad solidaria como representante legal de la empresa DEUDORA De atribuirse a usted esta responsabilidad solidaria, la SUNAT procederá con hacer efectivo el cobro de la deuda tributaria con los bienes de su propiedad y registrados a su nombre.

En tal sentido, a fin de evitar las acciones anteriormente descritas sobre RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DE REPRESENTANTE LEGAL, por intermedio de la presente nos presentamos en calidad de abogados constituidos como ESTUDIO ALEGRIA ABOGADOS para brindarles los servicios de asesoría y consultoría legal, para realizar la DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION DE  LA EMPRESA con la  Declaración Judicial de Quiebra como empresa, hasta obtener EL CERTIFICADO DE INCOBRABILIDAD JUDICIAL donde se indica la Extinción del Patrimonio y la incobrabilidad de las deudas, antes que Sunat detecte responsabilidad a su persona como representante legal de la empresa.

Es por tal motivo que debemos hacer un ANALISIS REAL DE LA DEUDA TOTAL EN SUNAT, para de esta manera brindarle la mejor salida legal posible con la PROPUESTA DE TRABAJO CON ABOGADOS EX SUNAT CON EXPERIENCIA.

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