ASESORIA Y GESTION DE INMIGRACION
1.- PROTECCION INTERNACIONAL – ASILO
Si estas buscando información sobre cómo solicitar asilo (protección internacional) en España, cuáles son tus derechos y la documentación relacionada con el trámite, hemos preparado una Guía completa con muchas claves que te explicarán todo el procedimiento:
Según esta Convención, una persona refugiada es aquella que:
“debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentre fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país; o que, careciendo de nacionalidad y hallándose, a consecuencia de tales acontecimientos, fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera regresar a él.
La Ley 12/2009 de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria; es la Ley que rige el derecho de asilo en España.
Esta ley define que:
“la condición de refugiado se reconoce a toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de genero u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país, o al apátrida que, careciendo de nacionalidad y hallándose fuera del país donde antes tuviera su residencia habitual, por los mismos motivos no puede o, a causa de dichos temores, no quiere regresar a él, y no esté incurso en alguna de las causas de exclusión del artículo 8 o de las causas de denegación o revocación del artículo 9”
2.- PROCESO PARA SOLICITAR CITA - ¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ASILO EN ESPAÑA?
Toda persona tiene derecho a pedir asilo (protección internacional) en España, en cumplimiento de los criterios establecidos en la Ley 12/2009 y la Convención de Ginebra de 1951.
Para solicitar protección internacional en España se debe pedir una cita con las autoridades competentes. Se puede hacer ante los siguientes organismos:
Puestos fronterizos habilitados de entrada al territorio español (puertos o aeropuertos internacionales).
En Madrid, la cita se solicita personalmente en Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras (Avenida de los Poblados, 51, de 09:00 a 15:00 horas). Para ello, se debe aportar, en el momento de la petición de cita, pasaporte, documento de identidad o de viaje (en caso de disponer de documentación identificativa) y fotografía de tamaño carnet.
Oficinas de Extranjeros.
Comisarías de Policía autorizadas.
CIE: Las personas que se encuentran en Centros de internamiento de Extranjeros (CIE) y quieran solicitar asilo/ protección internacional, deben ponerlo de manifiesto a la Dirección del centro para que se dé traslado de la petición a la comisaría correspondiente.
- ARRAIGO LABORAL (2 AÑOS)
- ARRAIGO SOCIAL (3 AÑOS)
- PERMISO DE ESTANCIA DE ESTUDIOS
- RECURSO DE REPOSICION Y CONTENCIOSO
- ASESORAMIENTO EN MATRIMONIOS
- ASESORAMIENTO EN DIVORCIOS DE PERUANOS PROCESO DE EXEQUATUR
- HOLOGACION DE LICENCIA DE CONDUCIR
- SE PODRA OBTENER UNA TARJETA DE RESIDENCIA TEMPORAL
- CITA Y DECLARACION
- 2 AÑOS DE ESTANCIA EN ESPAÑA
- 6 MESES DE COTIZACION, VIDA LABORAL ESPAÑA MINUIMO 30 O 40 HORAS
- CERTIFICADO HISTORICO DE EMPADRONAMIENTO
- INSCRIPCION CONSULADO DE PERU EN MADRID EN ESPAÑA
- NUMERO DE SEGURIDAD SOCIAL, CERTIFICACION DIGITAL
- ASESORIA EN APERTURA DE CUENTA BANCARIA
- ANTECEDENTES PENALES LEGALIZADOS
- COPIA DE PASAPORTE A COLOR COMPLETO
- TENER LA SOICITUD DE ASILO DENEGADA